Otros tipos de comités, competencias y garantías de los representantes y los sindicatos

 




Otros tipos de comités, competencias y garantías de los representantes y los sindicatos




    El profesor de FOL nos ha mandado unas actividades en las que tenemos que expresar nuestro entendimiento en otros tipos de comités, competencias y garantías de los representantes y los sindicatos
 
más a fondo.

En el presente apartado comenzaremos analizando otros tipos de comité de empresa que podemos encontrar, las competencias y garantías de los representantes, el derecho de reunión de los trabajadores en la empresa y la actuación de los sindicatos, tanto dentro, como fuera de la empresa.



Otros tipos de comité

CANTISA es una empresa con 5 centros de trabajo:

Guadalajara: 37 trabajadores
Madrid: 29 trabajadores
Fuenlabrada (Madrid) 42 trabajadores
Coslada (Madrid): 56 trabajadores
Barcelona: 38 trabajadores 

a) Señala en qué centros contarán con delegados de personal, comité de empresa o comité de empresa conjunto

La empresa de Guadalajara tendrá delegados de personal y con tan solo 3 representantes.
La empresa de Barcelona tendrá delegados de personal y con tan solo 3 representantes.
La de Fuenlabrada tendrá delegados de personal y con tan solo 3 representantes.
La de Coslada tendrá comités de empresa y con 5 representantes.
La de Barcelona tendrá delegados de personal y con tan solo 3 representantes.
La de Madrid tendrá delegados de personal y con tan solo 1 representante.

Las empresas de Madrid, Fuenlabrada y Coslada tendrán comité de empresa conjunto.


Asamblea de trabajadores

En una empresa el comité de empresa está negociando un convenio colectivo. Tras conocer las propuestas de la empresa quieren realizar una reunión con los trabajadores para conocer sus reivindicaciones y su opinión sobre estas propuestas.

a) ¿Puede impedir la empresa que se realice la reunión?

Sólo puede negar la reunión si se ha hecho una reunión en los 2 meses anteriores, cuando no se hayan reparado los daños de reuniones anteriores y cuando se encuentre en cierre patronal.

b) ¿Tiene la empresa que facilitar los espacios? Razona la respuesta

Sí, en el centro del trabajo y fuera de las horas de trabajo.

b) ¿Quiénes pueden convocar una asamblea?

Pueden convocar una asamblea los delegados de personal o comité de empresa, o como mínimo el 33% de los trabajadores de la empresa.

c) ¿Con qué antelación debe ser comunicada la reunión a la empresa?

Se debe comunicar con 48 horas de antelación.

¿Quiénes pueden afiliarse a un sindicato?

En los siguientes casos quiénes pueden afiliarse y quiénes no a un sindicato:

a) María, enfermera en un hospital

Sí, ya que pertenece a los trabajadores por cuenta ajena/funcionarios.

b) Ramón, Juez

No, ya que pertenece a los trabajadores jueces, magistrados y fiscales.

c) Marisa, policía nacional

Sí, ya que pertenece a los funcionarios, trabajadores del estado.

d) Roberto, autónomo con 2 trabajadores

No, ya que pertenece a los autónomos con al menos un trabajador(es).

e) Miriam, autónoma sin trabajadores.

Sí, ya que pertenece a los autónomos sin trabajadores.

f) Salvador, guardia civil

No, ya que pertenece a las fuerzas armadas y militares.

g) Marisa, en situación de desempleo

Sí, ya que pertenece a los parados.

h) Lucía, trabaja en un estudio de arquitectura con un contrato temporal

Sí, ya que pertenece a los trabajadores por cuenta ajena.

i) Fulgencio, jubilado

Sí, ya que pertenece a los jubilados.

j) Sara, teniente del ejército

No, ya que pertenece a las fuerzas armadas y militares.




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