Incapacidad temporal

 



Prestaciones de la Seguridad Social I



    El profesor de FOL nos ha mandado unas actividades en las que tenemos que expresar nuestro entendimiento en las prestaciones de la Seguridad Social
 
más a fondo.

Las prestaciones son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la Seguridad Social para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos, que suelen originar una pérdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los sufren.

Incapacidad temporal por accidente no laboral

Silvia trabaja como auxiliar administrativa en unos grandes almacenes. El pasado 7 de marzo sufrió  una tendinitis realizando unos ejercicios en el gimnasio, por la que permaneció de baja hasta el día 12 de ese mismo mes. Su base de cotización por contingencias comunes es de 1628 €.

a) ¿Qué requisitos debería cumplir la trabajadora para tener derecho a la prestación económica?

b) En caso de que tuviera derecho a la prestación cuál sería su cuantía y quién debería abonarla.

a) 

* Estar afiliado y alta.
* No es necesario haber cotizado un tiempo mínimo anteriormente.

b)

Días 1,2 y 3 no cobra. Desde el 4º al 20º día cobrará el 60% Base Reguladora. En caso de +21 días, será el 75% BR.

Incapacidad temporal por enfermedad común

Pedro trabaja como químico en una fábrica de plásticos. El pasado 2 de febrero comenzó una baja médica por una gripe que duró hasta el día 17 de ese mismo mes. Su base de cotización por contingencias comunes es de 1590 €

a) ¿Qué requisitos debería cumplir la trabajadora para tener derecho a la prestación económica?

b) En caso de que tuviera derecho a la prestación cuál sería su cuantía y quién debería abonarla.

a) 

*Siempre dado de alta y afiliado
*Mínimo haber cotizado 180 días en 5 años anteriores

b)

Días 1,2 y 3 no cobra. Desde el 4º al 20º día cobrará el 60% Base Reguladora. En caso de +21 días, será el 75% BR.

La abonará la empresa hasta el 15º día de la baja, luego la Seguridad Social la abonará (la empresa sigue abonando realmente, pero se le descontará en los pagos a la seguridad social).

Incapacidad temporal por accidente laboral

Luisa trabaja en una empresa de construcción, el día 10 de octubre sufrió un accidente al tropezar en una obra con un cable que había en el suelo y caer, lo que le provocó un esguince. Recibió el alta el día 18 de octubre. Su base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja es de 1896 €, durante el año anterior no realizó horas extraordinarias.

a) ¿Qué requisitos debería cumplir la trabajadora para tener derecho a la prestación económica?

b) En caso de que tuviera derecho a la prestación cuál sería su cuantía y quién debería abonarla.

a) 

*Siempre dado de alta y afiliado
*No es necesario haber cotizado con anterioridad.

b)

El 75% de la B.Reguladora desde el día siguiente de la baja, el día de la baja el trabajador cobra totalmente el sueldo.

El día de la baja la empresa lo paga, luego la Mutua la abonará.











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