Extinción del contrato de trabajo

 


Extinción del contrato de trabajo



    El profesor de FOL nos ha mandado unas actividades en las que tenemos que expresar nuestro entendimiento en Extinción del contrato de trabajo más a fondo.

La relación laboral puede finalizar por diferentes motivos. Pudiendo producirse por voluntad del trabajador/a; por voluntad de la empresa, en este caso la extinción recibe el nombre de "despido"; o por otras causas, como la finalización de un contrato temporal o la jubilación.

Diferencia entre abandono y dimisión.

¿Cuáles son las diferencias ente la extinción del contrato por abandono y dimisión del trabajador?

La dimisión no da derecho a la indemnización ni desempleo, además de tener que notificarlo 15 días antes.

El abandono supone no cumplir con lo estipulado en el contrato y no realizar los servicios; no tendrá desempleo y además el empresario puede pedir una indemnización por daños y prejuicios.


Incumplimiento grave de la empresa.

Julia es diseñadora en una empresa de publicidad. Desde hace 2 meses intentan hacerle la vida imposible en su empresa, quieren que se vaya pero no quieren despedirla para ahorrarse la indemnización. Para ello, la han apartado del resto de trabajadores de la empresa, enviándola a una habitación con un antiguo ordenador que no tiene los programas adecuados para realizar su trabajo y sin acceso a internet, no le dan trabajo y cuando pregunta a sus superiores le dicen que no tienen trabajo para ella, que vuelva a su "despacho"; al resto de compañeros/as de la empresa les han prohibido hablar con ella, un compañero le comentó el otro día que no podía hablar con ella porque no quería problemas con el jefe; tiene que limpiar la habitación donde la han destinado porque el personal de limpieza tiene orden de no limpiar su zona de trabajo. El otro día se hecho a llorar, no podía más. Ante esta situación qué recomendarías a Julia.

El trabajador debe seguir trabajando pero debe presentar una demanda, la cual puede otorgar una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

En este caso tendrá derecho a desempleo.

Despido colectivo

Indica en cuál de las siguientes situaciones nos encontramos ante un despido colectivo:

a) El que afecta a todos los trabajadores en una empresa de 4 empleados de plantilla

No, no se le llama ERE a una plantilla que despida a 5 o menos.

b) El que afecta a 9 trabajadores en una empresa de 17 trabajadores en plantilla.

Si la plantilla tiene menos de 100 empleados para realizar un ERE tendrá que despedir al menos a 10, como han sido 9, no lo es.

c) El que afecta a 22 trabajadores en una empresa de 250 trabajadores en plantilla.

En caso de entre 100 y 300 en la plantilla se recurre al 10%, el 10% de 250 es 25, por lo que al echar a 22 no se le llamaría ERE.

d) El que afecta a 32 trabajadores en una empresa de 890 trabajadores en plantilla.

Sí será un ERE, ya que tiene 300 o más trabajadores y han despedido a 32 personas. Lo mínimo serían 30, por lo que si cumple.











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