Duración del contrato de trabajo y periodo de prueba
Duración del contrato de trabajo y periodo de prueba
El profesor de FOL nos ha mandado unas actividades en las que tenemos que expresar nuestro entendimiento en la duración del contrato de trabajo y periodo de prueba más a fondo.
Trabajar sin dar de alta en la Seguridad Social
Un trabajador que presta sus servicios en una empresa sin dar de alta en la Seguridad Social ¿tendría un contrato de trabajo? ¿Qué ocurrirá si es sorprendido por la inspección de trabajo?
Realmente si no se ha dado de alta en la seguridad social es la exclusión, es decir, no se entendería como contrato de trabajo.
Básicamente el trabajador es el que sale perjudicado, puesto a que no estaba asegurado (muy peligroso), se le cancelaría el contrato.
Un trabajador que presta sus servicios en una empresa sin dar de alta en la Seguridad Social ¿tendría un contrato de trabajo? ¿Qué ocurrirá si es sorprendido por la inspección de trabajo?
Realmente si no se ha dado de alta en la seguridad social es la exclusión, es decir, no se entendería como contrato de trabajo.
Básicamente el trabajador es el que sale perjudicado, puesto a que no estaba asegurado (muy peligroso), se le cancelaría el contrato.
Periodo de prueba
Araceli acaba de ser contratada de palabra como Técnico de telecomunicaciones. La empresa le indica que comience a trabajar al día siguiente y que, si supera la semana de prueba, firmarán un contrato de trabajo. Le indican además que durante este período de prueba, aunque no es obligatorio que le den nada, ellos le pagarán lo que puedan en función de cómo vean que trabaja. Que una vez superado este período ya cobrará como una trabajadora normal de la plantilla y tendrá los mismos derechos.
a) ¿Es correcto el periodo de prueba pactado? Justifica la respuesta.
Para que exista el periodo de prueba ha de existir un pacto por escrito, es muy importante. Además tiene que ser retribuida su labor como los compañeros que ya están contratados.
b) ¿Puede en este caso la empresa dar por finalizada la relación laboral de Araceli sin motivos?
La empresa deberá siempre justificar su despido o finalización de la relación laboral.
c) ¿Qué puede hacer Araceli ante esta situación?
Como en cualquier caso legal, si el empresario no está dispuesto y no colabora usted podrá asistir (en este caso; Araceli) a la policía nacional e interponer una demanda.
Araceli acaba de ser contratada de palabra como Técnico de telecomunicaciones. La empresa le indica que comience a trabajar al día siguiente y que, si supera la semana de prueba, firmarán un contrato de trabajo. Le indican además que durante este período de prueba, aunque no es obligatorio que le den nada, ellos le pagarán lo que puedan en función de cómo vean que trabaja. Que una vez superado este período ya cobrará como una trabajadora normal de la plantilla y tendrá los mismos derechos.
a) ¿Es correcto el periodo de prueba pactado? Justifica la respuesta.
Para que exista el periodo de prueba ha de existir un pacto por escrito, es muy importante. Además tiene que ser retribuida su labor como los compañeros que ya están contratados.
b) ¿Puede en este caso la empresa dar por finalizada la relación laboral de Araceli sin motivos?
La empresa deberá siempre justificar su despido o finalización de la relación laboral.
c) ¿Qué puede hacer Araceli ante esta situación?
Como en cualquier caso legal, si el empresario no está dispuesto y no colabora usted podrá asistir (en este caso; Araceli) a la policía nacional e interponer una demanda.
Periodo de prueba máximo
Señala el periodo de prueba máximo que pueden tener los siguientes trabajadores:
a) Melania, sin titulación, con un contrato indefinido.
Si tiene un contrato indefinido no puede tener un periodo de prueba
b) Mateo, con titulación de Técnico en Carrocería y un contrato en prácticas.
Dependiendo de su ciclo podrá ser 1 mes (GM) o 2 meses (GS)
c) Esther, Técnica Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y un contrato indefinido
Al igual que Melania, Esther no podrá tener un periodo de prueba ya que tiene un contrato indefinido vigente.
Señala el periodo de prueba máximo que pueden tener los siguientes trabajadores:
a) Melania, sin titulación, con un contrato indefinido.
Si tiene un contrato indefinido no puede tener un periodo de prueba
b) Mateo, con titulación de Técnico en Carrocería y un contrato en prácticas.
Dependiendo de su ciclo podrá ser 1 mes (GM) o 2 meses (GS)
c) Esther, Técnica Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y un contrato indefinido
Al igual que Melania, Esther no podrá tener un periodo de prueba ya que tiene un contrato indefinido vigente.
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